DETALLE PERMISOS:                         

BONO ANTIGÜEDAD LABORAL

A contar de mayo de 2024, se establece un premio de antigüedad consistente en el pago de las sumas que se indican, cuando los trabajadores afectos a este contrato colectivo y durante la vigencia del mismo, cumplan los años de servicio continuos en ALIANZA SEGURIDAD LTDA que se señalan, suma que se pagará por única vez en el mes en que se cumpla con el requisito para tener el derecho.


05 años: 1 Ingreso mínimo mensual.

09 años: 2 ingresos mínimo mensuales.

12 años: 2 ingresos mínimo mensuales.
15 años: 2 ingresos mínimo mensuales.
18 años: 2 ingresos mínimo mensuales.

El interesado debera enviar un correo solicitando el beneficio para que este sea cargado en la plataforma bagrou para su firma electronica.

Correos donde enviar: relacioneslaborales@alianzaseguridad.net con copia al bienestarsindical@xforce.cl                                      


PERMISOS PAGADOS
A contar del 02 de mayo del año 2024, la empresa otorgará los siguientes permisos pagados a los trabajadores afectos a este contrato colectivo y durante la vigencia del mismo, de acuerdo a los motivos que se indican. Estos permisos se considerarán como efectivamente trabajados para todos los efectos legales y contractuales.
Nacimiento: De un hijo del trabajador, dos días adicional a los que la ley establece por este tipo de conceptos. El trabajador deberá acreditar el nacimiento de su hijo con el respectivo certificado. Este permiso solo se podrá hacer efectivo dentro de los 30 días corridos después del nacimiento.
Cambio de Casa: Un día Hábil. El trabajador deberá acreditar la mudanza con el respectivo certificado de la junta de vecinos de su domicilio.     

Matrimonio del Trabajador: Dos días de permiso adicional al legal con derecho a remuneración integra.
El trabajador deberá acreditar el Matrimonio con el respectivo certificado emitido por el registro civil.
Este permiso deberá ser solicitado con, a lo menos, 24 horas de anticipación.
Este permiso solo se podrá hacer efectivo dentro de los 30 días corridos después del matrimonio.   
Duelo del Trabajador: Dos días de corridos de adicional al legal, por fallecimiento de padre, madre, hermano, hermana, esposo, esposa, conviviente o hijo del trabajador con sus respectivos certificados.
Este permiso sólo se podrá hacer efectivo dentro de los 30 días corridos, después del fallecimiento.                                     
Cumpleaños: a. La empresa otorgará durante la vigencia del presente instrumento colectivo un día libre en el mes que corresponde al día de cumpleaños del trabajador solicitante. Este permiso deberá ser solicitado con a lo menos 5 días de anticipación al departamento de Recursos Humanos a través de correo electrónico.
Sera aplicable sólo el día que recae la festividad y no será acumulable.
                                    
Permiso Personal Especial: A contar de 02 de mayo del año 2024, entregaran días de permiso por año calendario de servicio efectivamente cumplidos, de acuerdo con la siguiente tabla. 


El interesado debera enviar un correo solicitando el beneficio para que este sea cargado en la plataforma bagrou para su firma electronica.

Correos donde enviar: relacioneslaborales
@alianzaseguridad.net con copia al bienestarsindical@xforce.cl

¿ Como solicitar un permiso pagado?

El socio o socia debe solicitar el permiso a los siguientes correos de la Empresa siempre respetando los tiempos establecidos.

correos: relacioneslaborales@alianzaseguridad.net con copia bienestarsindical@xforce.cl este ultimo para el respaldo del sindicato del beneficio solicitado.

Permiso Nacimiento ¿Con cuantos días debo dar aviso para tomarme el día?

Este permiso solo se podrá hacer efectivo dentro de los 30 días corridos después del nacimiento.
El trabajador deberá acreditar el nacimiento de su hijo con el respectivo certificado.

Permiso cambio de casa ¿Con cuantos días debo dar aviso para tomarme el día?

El trabajador deberá acreditar la mudanza con el respectivo certificado de la junta de vecinos de su domicilio, no se establece tiempo solo acreditar.

Se recomienda avisar con anticipación igualmente para no entorpecer el proceso operativo de la Empresa.


Permiso matrimonio ¿Con cuantos días debo dar aviso para tomarme el día?

Este permiso solo se podrá hacer efectivo dentro de los 30 días corridos después del matrimonio.
El trabajador deberá acreditar el Matrimonio con el respectivo certificado emitido por el registro civil.
Este permiso deberá ser solicitado con, a lo menos, 24 horas de anticipación.   

Permiso duelo del trabajador ¿Con cuantos días debo dar aviso para tomarme el día?

Este permiso sólo se podrá hacer efectivo dentro de los 30 días corridos, después del fallecimiento, el socio debera acreditar esta solicitud con el respectivo certificado de defunsión.

Permiso Cumpleaños ¿Con cuantos días debo dar aviso para tomarme el día?

Primero debemos aclarar que el permiso por cumpleaños es solamente para la festividad del día de nacimiento dado que no puede ser otro.

Adicionalmente el socio debe avisar con cinco dias de anticipación a los correos anteriormente informados.

Permiso Especial ¿Con cuantos días debo dar aviso para tomarme el día?

El socio o socia debe dar aviso con tres dias de anticipación a los correos informados.

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